
RADIOS ILEGALES
RESOL-2024-866-APN-ENACOM#JGM - Declárase ilegal, en los términos del Artículo 116 de la Ley Nº 26.522, al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado “LA SUPER”, que emite en la frecuencia 107.7 MHz, desde el domicilio sito en el pasaje Ushuaia N° 676, de la localidad de SAN SALVADOR DE JUJUY, provincia de JUJUY.- Intímase al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones afectadas al servicio - En caso de incumplimiento de lo dispuesto, se procederá a la incautación y el desmantelamiento de las instalaciones del servicio.
RESOL-2025-670-APN-ENACOM#JGM - Declárase ilegal, en los términos del Artículo 116 de la Ley Nº 26.522, al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado “RADIO CRISTO EL CAMINO”, que emite en la frecuencia 98.7 MHz, desde el domicilio sito en la calle El Hoyo S/Nº, entre calles Manzano Amargo y Golfo San Jorge, de la localidad de NEUQUEN, provincia homónima. - Intímase al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones afectadas al servicio - En caso de incumplimiento de lo dispuesto, se procederá a la incautación y el desmantelamiento de las instalaciones del servicio.
RESOL-2025-671-APN-ENACOM#JGM - Declárase ilegal, en los términos del Artículo 116 de la Ley Nº 26.522, al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado “LA VOZ DEL PUEBLO”, que emite en la frecuencia 101.3 MHz, desde el domicilio sito en la calle Lahuenco S/N°, entre las calles Bhea Paimun y Malleo de la localidad de JUNÍN DE LOS ANDES, provincia del NEUQUÉN. - Intímase al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones afectadas al servicio - En caso de incumplimiento de lo dispuesto, se procederá a la incautación y el desmantelamiento de las instalaciones del servicio.
Fuente: www.farbap.com.ar