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NEUQUEN JUICIO POR LA INCLUSION DEL COBRO DE OTROS SERVICIOS EN LA FACTURA DE CALF

LOS ALEGATOS

NEUQUEN JUICIO POR LA INCLUSION DEL COBRO DE OTROS SERVICIOS EN LA FACTURA DE CALF

LOS ALEGATOS

         Conceptos de cobro agregados a la factura de CALF                           en Neuquén Capital finalizada la etapa de pruebas                     dió paso a los alegatos


La primera semana de julio presentaron su postura  quienes están en contra del cobro en la factura de energía la tasa CAN y las cuotas del acuerdo que la cooperativa llegó con Cammesa, ambos productos de la Ordenanza Municipal 14.645.
Desde el municipio, la cooperativa CALF y el equipo de la fiscalía de Estado, tendrán su turno finalizada la feria judicial.

Se espera que para septiembre u octubre la Justicia defina una sentencia que decenas de miles de asociados de la Cooperativa Calf esperan ansiosos de que sus reclamos lleguen a buen término,
Esta causa superó a tantas otras presentaciones de asociados autoconvocados reclamando la derogación de la norma que los obliga a pagar los mismos intempestivamente en la factura del servicio electrico en este caso pero también en otros servicios como el gas y el agua.
El gobierno nacional ha prohibido a las provincias y municipios incluir tasas e impuestos en las facturas de servicios públicos como luz y gas. Esta medida, oficializada a través de la resolución 267/2024, buscó evitar "cobros ocultos" y garantizar que las facturas reflejen únicamente el costo del servicio contratado. En Neuquén Capital se trata de la Ordenanza 14.645 rechazada en varias oportunidades por los asociados a la Cooperativa Calf mediante sendos pedidos de Audiencia Pública al Concejo Deliberante rechazadas por mayoría del cuerpo deliberativo municipal.
El cobro del consumo de agua en la boleta de luz del EPEN, empresa provincial que presta el servicio en el interior, también está autorizado por ley a nivel provincial pero al igual que en la ciudad capital, no se instrumentó hasta ahora.
El cobro de la tasa CAN y la deuda de CALF con Cammesa, que diera como resultado el acuerdo de pago en cuotas por parte de la Cooperativa y de los asociados a ésta ha venido sosteniendose aún cuando hay una resolución que obliga lo contrario, lo que generó la presentación judicial por parte de los usuarios.
La cooperativa CALF acordó con CAMMESA un plan de pago para saldar una deuda millonaria, originalmente de $5.000 millones, pero que se renegoció a un monto menor. Este acuerdo, que implica un plan de pagos a largo plazo, incluyó un período de gracia y la posibilidad de financiar la deuda en cuotas, además de levantar el juicio que CAMMESA había iniciado contra CALF. 
Los asociados se presentaron ante distintos estamentos y oficinas en reclamo por la ilegalidad del cobro habida cuenta que por parte de los asociados a Calf el pago se habria realizado de la energía consumida pero la Cooperativa no abonó a CAMMESA, por lo que entienden se tgrataría de un doble cobro.
Por ello se presentaron ante el Consejo Deliberante en los cuales reclamaron en las comisiones relacionadas las derogacion de la Ordenanza como así tambien sendos pedidos de Audiencia Publica que fueron rechazados por la mayoría de los concejales. También fue nulo de exito la presentación a la Defensoría del Pueblo que habiendo recepcionado popr parte de los asociados autoconvocados mas de 10 mil firmas no generó eco en el reclamo. A esto sde sumó el pedido de la Banca Ciudadana prevista en la Carta Ogánica Municipal y el Reglamento del Legislativo Municipal.
En Neuquén, la Banca Ciudadana forma parte de las herramientas de participación ciudadana que buscan fortalecer el vínculo entre el gobierno local y sus habitantes. La Carta Orgánica Municipal y el reglamento interno del Concejo Deliberante establecen los mecanismos para su funcionamiento. En este caso se negaron a pesar de reunir en su pedido mas de 20 mil firmas y en dos oportunidades. 
 

Otra presentación a fin de lograr la derogación de la Ordenanza 14.645 fue un proyecto presentado por la Banca de Izquierda pero que fue rechazado categoricamente por la mayoría de los concejales incluso por aquellos que planteaban estar al lado de los reclamos de los usuarios asociados de la Cooperativa Calf.
Si es un "pingüe negocio" o una forma correcta para lograr fondo por parte del municipio (CAN) o la Cooperativa Calf (cobro del pago de la deuda generada por la propia conducción al no pagar la electricidad que los usuarios Asociados ya habían abonado) está por verse. Mas de 100 mil asociados aportan para este cometido en la factura mensual. Es Vox Pópuli que este entramado juicio que muestra a las claras estar definido en la Defensa al Consumidor pero que la Justicia decidió se dirimiera en el fuero Administrativo tiene muchas aristas que se mezclan con la política local, provincial y nacional.  
LOS CORRILLOS DICEN QUE CAN SE CONSTRUIRIAS AL NORTE DE COLONIA NUEVA ESPERANZA Y CERCA DE MARI MENUCO
El Camino judicial ya comenzó y fue el turno de los demandantes, los autoconvocados, quienes en la voz del letrado Dr. Gastón Rambeau basó su alegato en el abuso de poder del municipio (Poder Concedente) y de la Cooperativa Calf al incorporar a la factura de energía deudas de la empresa concesionaria del servicio y otras imposiciones ajenas al servicio electrico por parte del municipio. Habida cuenta de la demostración de poder manifiesta al rechazar continuamente toda forma de reclamo propuesta por los usuarios.
Tanto va el cántaro a la fuente que asl final se rompe. Y asi se planteó el juicio que pretende por la via legal hacer entender al Municipio y Calf como al poder Legislativo que los asociados de la Cooperativa mas grande del país no están dispuestos a que avasallen sus derechos. 
 

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Fuente: www.farbap.com.ar

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